SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2575/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2575/2012

Fecha: 21-Dic-2012

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Considera que las autoridades demandadas vulneraron sus derechos fundamentales; por cuanto, dilataron injustamente la programación de audiencia para considerar la cesación a su detención preventiva; por otro lado, mediante Auto de 26 de octubre de 2012, rechazaron su solicitud, por lo que interpuso recurso de apelación incidental, sin que hasta “el presente” (6 de noviembre de 2012), las autoridades demandadas hayan remitido al Tribunal de alzada, tal cual demuestran las certificaciones emitidas por las Secretarias de Cámara de las Salas Penales Primera y Segunda, respectivamente.

El accionar de los demandados vulnera los arts. 115.II, 119.II, 178.I y 180.II de la Constitución Política del Estado (CPE); pues a partir del entendimiento de la “SC 0384/2011-R de 7 de abril”, la dilación en la tramitación de la cesación a la detención preventiva, así como la falta de remisión de la apelación contra cualquier resolución que tenga incidencia en la libertad personal, vulnera el derecho a la libertad.