SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2575/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2575/2012

Fecha: 21-Dic-2012

III.2.  La acción de libertad traslativa o de pronto despacho

Doctrinalmente se abundó en el desarrollo de la presente garantía jurisdiccional; así, existe el hábeas corpus traslativo o de pronto despacho, el cual compatibilizando a la realidad constitucional vigente, equivale a decir la acción de libertad traslativa o de pronto despacho, cuya modalidad se constituye en un medio procesal idóneo con el objeto de acelerar los trámites judiciales o administrativos en caso de existir dilaciones indebidas que comprometan la libertad física o de locomoción de las personas. Tiene estrecha vinculación con el principio de celeridad, dado que, por prescripción constitucional, la justicia debe desarrollarse en el marco de la prontitud y la oportunidad exenta de toda dilación. Dentro de ese marco, al tratarse de aspectos procedimentales que tengan relación con el derecho a la libertad física y de locomoción, las mismas deben imprimirse con la debida celeridad y, al advertirse una retardación o demora que sea atribuible a la autoridad encargada de imprimir el trámite, es posible activar la justicia constitucional a través de la acción de libertad; por cuanto, la conducta reprochada compromete la libertad física o de locomoción del sujeto, cuyo derecho es objeto de tutela de la presente garantía jurisdiccional.

En la tramitación de las cesaciones a la detención preventiva, las modificaciones de las medidas cautelares de carácter personal que tengan connotación en la libertad del encausado, es posible activar la acción de libertad, en su modalidad traslativa o de pronto despacho, sin dejar de lado que, las dilaciones que se pretenden reparar, en el fondo tienen la finalidad de proteger el derecho a la libertad física y de locomoción. En efecto, la tramitaciones de las cesaciones a la detención preventiva, deben imprimirse con la debida celeridad, a cuyo efecto, conviene citar la