SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2580/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2580/2012

Fecha: 21-Dic-2012

Fragmento 19

         En el presente caso, el accionante alude la transgresión de su derecho al debido proceso y del principio de legalidad, por la emisión del proveído de 6 de marzo de 2012, que observó la demanda contenciosa administrativa que presentó el entonces Viceministro de Tierras y a su vez, por el pronunciamiento del Auto Interlocutorio Definitivo 007/2012, que al no haber subsanado los aspectos cuestionados en el decreto citado, declaró tener por no formulada la demanda; por lo que pide, que a través de esta acción tutelar, se disponga la nulidad de obrados hasta el estado en que se pronunciaron los mismos. Siendo esa la pretensión a la que aspira el accionante, compele a este Tribunal verificar si a momento de la interposición de la presente acción de defensa, el actor cumplió las reglas establecidas por el Código Procesal Constitucional para su viabilidad, en mérito a su naturaleza subsidiaria consagrada por la Ley Fundamental, que exige que antes del planteamiento de esta garantía, se agoten los medios ordinarios de defensa previstos por el ordenamiento jurídico.