SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2580/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2580/2012

Fecha: 21-Dic-2012

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El accionante alega la vulneración de su derecho al debido proceso y del principio de legalidad, por cuanto la Sala Segunda Liquidadora del Tribunal Agroambiental, compuesta por las autoridades judiciales codemandadas, observó la demanda contenciosa administrativa que presentó el entonces Viceministro de Tierras contra la RS 225742; pidiendo la subsanación de aspectos no contemplados por la norma no obstante que se cumplieron todas las formalidades y requisitos instituidos por el art. 327 del CPC, para su admisión. Dando lugar a que, al no corregirse la demanda, se dicte el Auto Interlocutorio Definitivo 007/2012, teniéndola como no presentada, en desmedro de los derechos e intereses legítimos que posee ese Viceministerio sobre la temática en particular. En consecuencia, corresponde en revisión verificar previamente sí la acción tutelar fue presentada sin la existencia de causales de improcedencia que impidan su consideración en el fondo, y sólo ante su ausencia, comprobar si compele conceder o denegar la tutela impetrada.