SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0028/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0028/2012

Fecha: 16-Mar-2012

I.2.1. Ratificación de la acción

El accionante, mediante su abogado, ratificó el tenor integro de la demanda y en el ejercicio de su derecho a la réplica, afirmó que no se puede desvirtuar el “decreto” de 25 de abril de 2011, emitido en suplencia por la Jueza Primera de Instrucción en lo Penal, por cuanto en ejercicio de su función como contralora de derechos y garantías, reconoció la ausencia de requisitos de ley para imponer la detención preventiva; a más de ello, “no se sabia que por un recurso de reposición se anula (…) el decreto 25 de abril de 2011” (sic). Finaliza admitiendo que acudió a la jurisdicción constitucional anteriormente mediante una similar acción.