SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0028/2012
Fecha: 16-Mar-2012
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante refiere que, sus derechos a la libertad, al debido proceso y a la “seguridad jurídica”, fueron vulnerados tanto por el Juez, como por los Vocales -ahora demandados-, por cuanto solicitó la cesación de su detención preventiva, cuya audiencia no pudo llevarse a efecto por decisión de la Jueza Primera de Instrucción en lo Penal en suplencia, quien mediante decreto dispuso la no consideración de la cesación, alegando falta de fundamentación en la Resolución que dispuso la detención del imputado; no obstante que, precisamente por esta falencia, correspondía disponerse la libertad del encausado. Planteados tanto el recurso de reposición como el de apelación, dicha autoridad no resolvió el primero de ellos, disponiendo que se esté primero a lo que fuera a resolverse en alzada; así, una vez en conocimiento de la causa el Juez demandado, de manera ilegal, se rehusó a tramitar lo dispuesto por el Auto de Vista de 19 de septiembre de 2011, referido a la nulidad del proveído 25 de abril de ese año, alegando incompetencia y ordenando se lleve a efecto la audiencia de consideración de cesación de detención preventiva, legalizando la Resolución ilegal de detención preventiva; aspecto que fue igualmente convalidado por los Vocales codemandados, quienes señalaron que no se habría aportado nuevos elementos para desvirtuar los riesgos procesales. En consecuencia, corresponde determinar si los hechos demandados son evidentes, a fin de conceder o denegar la tutela solicitada.
- acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2. Audiencia y Resolución de la Jueza de garantías
- I.2.1. Ratificación de la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Alcances de la tutela de la acción de libertad, frente a supuestas lesiones al debido proceso
- el acto lesivo alegado sea la causa directa de la supresión o restricción del derecho a la libertad física
- III.2. Análisis del caso concreto
- aceptó” el recurso de reposición