SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0028/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0028/2012

Fecha: 16-Mar-2012

II.7.

II.7. El Juez Sexto de Instrucción en lo Penal, por Resolución de 12 de noviembre de 2011, regularizando procedimiento, aceptó el recurso de reposición interpuesto por el imputado y dejó sin efecto el proveído de 25 de abril de ese año, señalando audiencia para la consideración de la cesación de la detención preventiva de Julio Antonio Uzquiano Howard, para el 22 de noviembre de igual año (fs. 91 y vta.).

         Ya en la audiencia pública de referencia, el indicado Juez cautelar rechazó la solicitud de cesación, dejando subsistente la Resolución que dispuso la detención preventiva de Julio Antonio Uzquiano Howard -detallada en la Conclusión II.2-, al no haberse desvirtuado lo previsto por los arts. 233.1 y 2, 234.1.2.5 y 11 y 235.1 y 2 del CPP, modificados en lo pertinente por la Ley de Modificaciones al Sistema Normativo Penal, conforme establece el art. 239 del mismo Código (fs. 30 a 34).