SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0035/2012
Fecha: 26-Mar-2012
a)
Solicita se conceda la acción: a) Declarando la nulidad parcial de la Resolución Municipal 60/2011 de 24 de junio, dictada en sesión extraordinaria 08/2011 de la misma fecha, debiendo quedar vigente sólo la aceptación de la renuncia del Alcalde, Delfor Germán Burgos Aguirre; b) Se disponga la restitución inmediata a su cargo como Alcalde Municipal interino de Bermejo; c) Se declare vigente la Resolución Municipal 132/2010 y sea bajo expresa conminatoria de darse aplicación a los arts. 127 y 129.V de la CPE, en caso de resistencia; y, d) Se condene en costas procesales.
Manuel Alejandro Janco Morales, ex Asesor Legal del Pleno del Concejo Municipal de Bermejo, codemandado, no presentó informe escrito y en audiencia, informó: a) El plazo de seis meses, para presentar la acción de amparo constitucional contra su persona ya feneció, dado que no hubo ningún medio de impugnación contra el informe cuestionado; y, b) El informe que hace referencia al recurso de reconsideración, no contiene fundamentación legal, ni petitorio alguno respecto de la nulidad o anulabilidad de la Resolución Municipal 60/2011.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que la motivan
- a)
- 1)
- I)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- Fragmento 12
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. De la acción de amparo constitucional
- III.2. Sobre la interposición de una nueva acción de defensa cuando la primera no
- III.3. Del “Derecho a la seguridad jurídica” y al “ejercicio de la función pública”.
- conlleva el derecho a ejercer materialmente el cargo en la función pública para el que fue electo
- en caso de renuncia o muerte, inhabilidad permanente o revocatoria de la máxima autoridad ejecutiva de un gobierno autónomo
- REVOCAR