SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0035/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0035/2012

Fecha: 26-Mar-2012

II.7.

II.7.  En sesión ordinaria 27/2011 de 13 de julio, el Concejo Municipal sometió a votación la reconsideración de la Resolución Municipal 60/2011, determinándose que, no existiendo los dos tercios para su tratamiento se ratificó la misma. Mediante oficio HCM Of. 708/2011, se comunicó a Marcelo Javier Gareca Hervas que ante la ausencia de dos tercios para la reconsideración, “se entiende por rechazada su solicitud”, nota recibida por Víctor Aricoma, el 18 del mismo mes y año  (fs. 28 a 32).