SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0086/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0086/2012

Fecha: 16-Abr-2012

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Luego de varios intentos fallidos de entrevistarse con el Alcalde, el 13 de junio de 2011, se le comunicó que ya no trabajaba en dicha institución, con el añadido que esta autoridad se negó a leer los justificativos presentados por el accionante y obviar las posteriores solicitudes de reincorporación que formuló. Frente a esta situación, el 1 de agosto del mismo año, acudió al Ministerio de Trabajo en la ciudad de La Paz, instancia que al constatar la violación de derechos y garantías, a través de la Dirección General de Servicio Civil, por oficio 007/2011, conminó que dentro de los cinco días siguientes a su notificación, la autoridad demandada debía reincorporar al accionante en las funciones que ejercía.

A pesar de estos antecedentes, el Alcalde del referido Municipio, obvió la conminatoria referida, como también se negó a dar respuesta formal y oportuna a las dos solicitudes ulteriores que el accionante presentó; soslayando además que, en ese entonces, el accionante gozaba de inamovilidad laboral, al ser progenitor de una menor de tan sólo dos meses de edad, conforme prevé el Decreto Supremo (DS) 0012 de 19 de febrero de 2009.