Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0155/2012
Fecha: 14-May-2012
II.3.
II.3. A petición verbal de Ángel Arias Morales, Vocal de la Sala Penal Tercera, la Secretaria Abogada del Juzgado Tercero de Instrucción en lo Penal, Malena Lenny Cazana Apaza, certificó que: “dentro de las investigaciones preliminares seguidas por el Ministerio Público a querella de Grethel Mariaca contra Jorge Frías Bilbao Rioja, se ha señalado audiencia conclusiva para el 15 de febrero de 2012 a horas 10:00, en la se hizo presente únicamente la abogada apoderada de la parte querellante Dra. Grethel Mariaca”; por lo que, en el acta de dicha audiencia consta la presencia de la misma y la ausencia del Fiscal, del imputado y sus abogados, estando entre ellos Víctor Vargas Bravo. (fs. 22 y 23).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El derecho a la defensa técnica durante el desarrollo de todo el proceso penal
- defenderse personalmente o ser asistida por un defensor de su elección
- la autoridad judicial obligatoriamente y bajo responsabilidad, dictará sentencia en la misma audiencia
- Fragmento 14
- elevada en revisión de oficio, ante el Tribunal Constitucional Plurinacional, en el plazo de veinticuatro horas, siguientes a su emisión
- III.4. Análisis del caso concreto
- III.4.1.
- III.4.2.
- III.4.3.
- III.4.4.