Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0168/2012
Fecha: 14-May-2012
II.2.
II.2.El Banco de la Nación Argentina, representado por su Gerente Ricardo Marcial Cabrera, en mérito a la Escritura Pública 22/88 sobre protocolización de Poder (fs. 10 a 15 vta.), promueve proceso ejecutivo contra la firma “URSIC MOTORS Ltda.” representada por José Antonio Ursic Versalovic y contra José Ursic Ostoic, Zora Versalovic de Ursic, Davor “Ivo” Ursic, por el pago de la suma de $us700 000 (fs. 27 a 28).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- “procedente”
- I.2.1. Ratificación de la acción
- 1)
- “otorgó”
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. De los límites de la jurisdicción constitucional
- Fragmento 16
- III.2. De la valoración de prueba
- no consideraron el Auto de Vista 40/95,
- no cabe duda que los accionantes a través de la presente acción constitucional pretenden la valoración del Auto de Vista 40/95 de 3 de febrero de 1995, emitido por la Sala Civil Segunda de la Corte Superior de Justicia del Distrito Judicial de La Paz, revocando en forma total la Sentencia 275/94, declarando probadas las excepciones de falta de personería en el ejecutante y en el representante del mismo, cursante de fs. 46 a 49, el cual fue presentado como prueba dentro de los procesos judiciales que emergieron del préstamo acreditado mediante Testimonio 32/79,
- REVOCAR