SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0244/2012
Fecha: 29-May-2012
i)
A su turno, haciendo uso de la palabra, el Investigador asignado al caso, Juan Pedro Achu Poma, codemandado, afirmó: i) El 14 de febrero de 2012, se notificó al denunciado con el señalamiento de audiencia, a efectos que preste su declaración informativa el 1 de marzo de 2012, a horas 14:00; actuado al que no se hizo presente; ii) Después de “cuarenta y cinco minutos de la hora señalada”, hizo conocer dicho extremo a la Fiscal suplente; previa suscripción del acta de incomparecencia y se elevó informe al Fiscal de Materia, solicitando la emisión de mandamiento de aprehensión; iii) El acusado fue detenido al día siguiente por el “sargento Mollericona”, situación que puso en conocimiento del Fiscal de Materia, vía telefónica; iv) La autoridad fiscal, ordenó el traslado del detenido ante su presencia para que preste su declaración a horas 17:30, oportunidad en la que no se hizo presente el abogado del encausado, por lo que dispuso cumplir con el actuado a horas 8:30 del 3 de abril de 2001, siendo que se cumplió a cabalidad.
- acción de libertad
- I.1. Contenido de la demanda
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.11.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad y el principio de informalismo
- b)
- c)
- d)
- e)
- f)
- III.2. El juez cautelar como contralor de la investigación
- III.3. La subsidiariedad excepcional de la acción de libertad y las denuncias de aprehensión ilegal
- Primer supuesto:
- Segundo Supuesto:
- Tercer supuesto:
- III.4. Análisis del caso concreto
- REVOCAR