podrá denunciarlo ante la Fiscalía o la Policía Nacional

Conforme la noma legal citada en el Fundamento Jurídico III.5.2. toda persona que tenga conocimiento de la comisión de un delito de acción pública, podrá denunciarlo ante la Fiscalía o la Policía Nacional, norma que interpretada gramaticalmente, no conlleva la vulneración de derechos o garantías constitucionales; pues, se subsume a un acto que aún no establece la posibilidad de determinar una situación, por lo que no corresponde entrar a efectuar el análisis de la situación planteada respecto al Director de la FELCC, en vista de que el acto denunciado se encuadra a la norma legal citada supra.