Es necesario referirse a la conservación y protección que se realiza al medio ambiente de las naciones y pueblos originarios, en normas supranacionales y nacionales. La Constitución Política del Estado Plurinacional en su preámbulo señala: “En tiempo
Fecha: 19-Jun-2012
OCCIDENTE
En otros términos, es todo un sistema de vida. Así, el vivir bien tiene varias acepciones: “vivir en paz”, “vivir a gusto”, “convivir bien”, “llevar una vida dulce” o “criar la vida del mundo con cariño”, la vida tendría un sentido más pleno desde el punto de vista biológico, humana, espiritual y su disfrute estaría asociado a la actividad creativa, recreativa, que fluye del intercambio con la comunidad, paradigmas opuestos dicotómicos, no intercambiables que permite pasar a una coexistencia interactiva y dinámica y crear abundancia donde todos vivan bien, en aplicación de la reciprocidad e intercambio para construir ecología, familia, humanidad en convivencia con la naturaleza, sin depredar a la misma, por ser esta parte de su vida misma (Ivonne Farah H. y Luciano Vasapollo “Vivir bien, paradigma no capitalista”).
Dado que según la cosmovisión de los pueblos indígenas, éstos se conducen por la defensa de la vida, porque la vida es la que está en peligro. Para los pueblos indígenas la tierra no es un espacio sin vida, es un territorio integral, con su propia estructura organizacional, pensamiento espiritualidad, economía, cultura; ahí se vive y se convive con la naturaleza, se tiene organización con autoridad, idioma, cultura y conocimientos propios.
Puesto que, la cultura occidental colonizó física y mentalmente a los pueblos indígenas, con una filosofía antropocéntrica, eurocéntrica, individualista, militarista, racista, vertical, acumuladora, depredadora, imponiendo un pensamiento mono cultural, que se refleja en un solo Dios, un sólo Estado, un sólo símbolo, una sola ley y pone como el centro al ser humano, desconociendo que todos somos partes de la madre tierra (Huanacuni M. Fernando, “Vivir Bien/Buen Vivir”).
La Constitución Política del Estado, asume y promueve como principios ético-morales de la sociedad plural, el suma qamaña (vivir bien), ñandereko (vida armoniosa), teko kavi (vida buena), ivi maraei (tierra sin mal) y qhapaj ñan (camino o vida noble) entre otros. En ese contexto, la cuestión de los habitantes ubicados en el Territorio Indígena y Parque Nacional “Isiboro Sécure” (TIPNIS), amerita su consideración en aplicación del mandato de la norma suprema del Estado Plurinacional, para que ninguno de los miembros asentados en dicho territorio, sufra el aislamiento y la desatención por parte del Estado en la implementación de los servicios básicos.
Asimismo, se debe considerar el “derecho al desarrollo cósmico natural” como guía de la actuación del Estado enmarcado en el principio del Vivir Bien, donde los indígenas a otrora totalmente marginados y excluidos, tengan también el derecho a una vida digna, noble, sin atentar contra su habitad natural, respetando sus costumbres, forma de vida, su legua y otras formas de expresión cultural de cada pueblo, desterrando la discriminación, el racismo, la marginación, el pensamiento de ser considerado inferior, inculto, incapaz, lo que no condice con el vivir bien.
No tendría mucho sentido la formulación del vivir o convivir bien solamente en la Norma Suprema y cometer los mismos errores que los gobiernos colonialistas en el pasado; no hay que olvidar, que hasta hace pocos años existía un “apartheid” institucionalizado que segregaba a las mayorías de las naciones y pueblos indígena originario campesinos de los poderes del Estado republicano, aplicando políticas atentatorias a su cosmovisión.
En el contexto de las distintas propuestas que se han hecho históricamente para mejorar las condiciones de los pueblos indígenas, lo que ahora puede leerse sobre el Vivir Bien, resulta notablemente aplicable en el caso que nos ocupa, reconociendo íntegramente los derechos humanos indígenas. De todos modos, lo más importante en la cosmovisión del vivir bien, no es el contenido teórico y subjetivo, importa la aplicación objetiva, con el consentimiento de los propios hermanos indígenas originarios campesinos históricamente marginados.
Bajo el principio del vivir o convivir bien, es importante erradicar la marginación, reparar la destrucción realizada por invasores criollos y mestizos, quienes desde su visión del mundo, ahora pretenden colaborar con la solución de los problemas creados por aquellos. Sin percatarse que la solución, sólo puede ser dada por los propios interesados, que en este caso son los habitantes de las naciones y pueblos del TIPNIS.
El hecho que los pueblos indígenas hayan encontrado su camino para aparecer en los últimos acontecimientos, puede ser una ocasión para repensar el desarrollo natural, desde la vivencia de los mismos, conscientes de que deben ser protagonistas de su propia historia, no sólo diseñar políticas desde el Gobierno Central, sino desde la comprensión y propuesta de los propios marginados, excluidos, incluso abandonados en sus derechos elementales.
El convivir bien conlleva la dimensión espiritual, afectiva y social en oposición al paradigma occidental que toma en cuenta principalmente la dimensión material y tangible del desarrollo. En el contexto de las naciones y pueblos indígenas, se trata de una forma de vida natural "vivir bien" basado en la convivencialidad, la complementariedad, la relacionalidad de todo lo que compone la vida, con un enfoque integral y holístico de la vida.
En el marco de este razonamiento, los pueblos indígenas Yuracares, Tsimanis y Mojeños, que son parte de la selva donde su existencia es el gozo que proporciona la recreación cotidiana de la naturaleza, la comunicación con la vida vegetal, animal, sus deidades, cerros, árboles, ríos, existencia que es causa de alegría, satisfacción, vida placentera, al ver el crecimiento de sus plantas que "hace alegrar al monte, a la selva". Ese sentimiento, no sólo lo comparten los miembros de la comunidad indígena, sino las otras comunidades con la que están interconectados.
En la cosmovisión de los pueblos indígena, no se aspira a la perfección sino, la convivencia entre todas las formas de vida natural. Para las naciones y pueblos todo tiene vida y se desea que todo ser viva, incluso aquellos que se presentan como maleza o plagas, pues todos son seres con vida; es decir, seres con los que se dialoga y conversa y todos tienen derecho a vivir. No lleva a violentar el medio natural, no conduce a un trato irrespetuoso de la vida, ni al abuso, maltrato o agotamiento de la tierra, ni a la sobreexplotación de su fertilidad y riqueza. Por ello, desde la perspectiva indígena, el hombre es parte de la naturaleza.
En el paradigma civilizatorio del occidente se concibe sobre el desarrollo y sus efectos como: El desarrollo genera capital de basura, el desarrollo lleva al ecocidio, el desarrollo busca la uniformización y robotización, el desarrollo es una nueva forma de neocolonialismo, el desarrollo de unos es el subdesarrollo de otros, el desarrollo es el esclavismo moderno, el desarrollo genera cantidad y degenera la calidad de vida, el desarrollo tiende a la concentración, el desarrollo crea ilusión irreal, el desarrollo conduce al extremismo, el desarrollo hace más ricos a los ricos, el desarrollo no conduce a la armonía y a la estabilidad. El paradigma occidental significa el progreso ilimitado, el consumo inconsciente, incita a la acumulación material e incide a la competencia. El paradigma occidental colonial promueve que ganar no lo es todo, es lo único, es así que ha generado una sociedad desigual, desequilibrada, depredadora, consumista, individualista, insensibilizada, antropocéntrica y antinatura. Ante las consecuencias que genera el desarrollo es importante ser equilibrado entre el ser humano y la madre tierra. Por eso cuando el hombre se aleja de la naturaleza no puede sentir el corazón de la naturaleza y el cosmos. Cuando pensamos en recobrar la naturaleza de forma científica, eso es imposible. La razón por la que hemos destruido la naturaleza es porque lo que hacemos por la naturaleza lo hacemos en nuestro propio beneficio.
- Estado,
- I.2. Derechos de las naciones y pueblos indígenas originarios campesinos
- Fragmento 3
- Fragmento 4
- i) Derechos Colectivos y Derechos Individuales.
- ii) Derechos Universales y Derechos Particulares.
- I.3. Nociones generales sobre los conceptos de tierra y territorio
- I.4. Consideraciones generales sobre el
- I.5. Algunas nociones generales sobre la intangibilidad
- I.6. Consideraciones generales sobre el
- OCCIDENTE
- I.7. El derecho a la libre determinación de las naciones y pueblos indígena originario campesinos
- I.8. El derecho a la consulta a las naciones y pueblos indígena originario campesinos
- a
- a) Procedimientos apropiados
- b) Propias instituciones
- c) Previa obligatoria
- d) De buena fe
- e) Concertada
- f) Libre
- 1.
- II.1
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- complementariedad, imparcialidad, independencia.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- concertadas
- ama suwa (no seas mentiroso), ama suwa (no seas ladrón), suma qamaña (vivir bien)
- II.10.
- INCONSTITUCIONALIDAD
- II.11.
- II.12.