SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0266/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0266/2012

Fecha: 04-Jun-2012

1)

El abogado del accionante, ratificó el tenor íntegro de la acción y en uso de la réplica, manifestó: 1) Existen dos tipos de procesos, el regular y el "ipso facto”, este último quiere decir de hecho; 2) Ninguna actitud tomada de hecho es válida en un Estado de Derecho conforme a la Constitución Política del Estado; por lo que no es aplicable el proceso ipso facto; y, 3) En observancia de la subsidiariedad, recurrió a las instancias pertinentes e incluso se apersonó ante la CONMERB en la ciudad de La Paz.