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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0266/2012
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0266/2012

    Fecha: 04-Jun-2012

    denegado

    Por consiguiente, la problemática planteada respecto a los derechos invocados como lesionados por el accionante, no son susceptibles de protección a través del amparo constitucional; por lo que el Tribunal de garantías, al haber denegado la tutela impetrada, efectuó una adecuada compulsa de los antecedentes del caso.

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
    • 1)
    • i)
    • denegó
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.7.
    • II.8.
    • II.9.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • en caso de haber utilizado los mismos deberán ser
    • III.2. El carácter subsidiario de la acción de amparo constitucional
    • a) Cuando en su oportunidad y en plazo legal no se planteó un recurso o medio de impugnación; y, b) Cuando no se utilizó un medio de defensa previsto en el ordenamiento jurídico
    • III.3. Análisis del caso concreto
    • denegado
    • APROBAR

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