Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0266/2012
Fecha: 04-Jun-2012
II.1.
II.1. El 4 de octubre de 2008, el Tribunal Regional de Disciplina Sindical de la FRMERTC, de acuerdo al Estatuto Orgánico y Normas y, efectuado el análisis de la documentación enviada por la Federación, emitió veto sindical por cinco años contra Félix Enrique Mc Donald Sullcani, dirigente de la Federación, al haber infringido el capítulo XI, arts. 71, 72 73 y 77 y por abandono de la entidad, así como haber perjudicado las actividades programadas, disponiéndose su cambio de unidad educativa de acuerdo a las determinaciones de asambleas y ampliados.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- en caso de haber utilizado los mismos deberán ser
- III.2. El carácter subsidiario de la acción de amparo constitucional
- a) Cuando en su oportunidad y en plazo legal no se planteó un recurso o medio de impugnación; y, b) Cuando no se utilizó un medio de defensa previsto en el ordenamiento jurídico
- III.3. Análisis del caso concreto
- denegado
- APROBAR