Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0427/2012
Fecha: 22-Jun-2012
II.1.
II.1. Por memorial presentado el 27 de enero de 2012, Amparo Peñaranda Suárez, solicitó al Juez Segundo de Instrucción Mixto de Puerto Suárez del departamento de Santa Cruz, la cesación de su detención preventiva; programándose el acto mediante decreto de 6 de febrero de ese año, para el 16 del mes y año prenombrados (fs. 210 y vta.; 211).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- concedió
- i)
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre las citaciones con la demanda de acción de libertad a la autoridad o persona demandada
- Primer supuesto:
- Segundo supuesto:
- Fragmento 14
- Como derecho fundamental de los justiciables, como un principio procesal y como una garantía de la administración de justicia
- deben estar vinculados con la libertad
- III.3. Análisis en el caso concreto
- Fragmento 18
- III.3.1. De la citación con la acción de libertad a la autoridad demandada
- III.3.2.
- III.3.3. Sobre la elaboración del acta y la Resolución de aplicación de medidas cautelares