SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0450/2012
Fecha: 29-Jun-2012
1)
El abogado de la accionante ratificó los argumentos del memorial de demanda y los amplió indicando lo siguiente: 1) La intención de Jaime Mamani Vega era tramitar procesos evitando los medios de defensa y consumar de esa forma las resoluciones judiciales, previa lesión de derechos y garantías constitucionales; 2) El precitado tenía certeza sobre la ubicación del domicilio de Milvia Gabriel Flores hoy accionante; no obstante ello, juró desconocer el mismo, induciendo al Juez de Capinota a tramitar un proceso de cancelación de partida como si fuere un mero trámite administrativo judicializado sin controvertir, logrando la extinción de la filiación del menor AA; 3) Provocó que un Juez en materia civil asumiera conocimiento sobre un proceso familiar, incurriendo dicha autoridad en usurpación de funciones; y, 4) Los demandados incurrieron en falta de fundamentación, transcribiendo inextenso tres Sentencias Constitucionales, sin mayor argumentación.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de
- III.2. Principio de inmediatez del amparo constitucional
- III.3. Efectos de la cosa juzgada
- III.4. Incidente de nulidad
- III.5. Recurso de revisión extraordinaria de sentencia
- Fragmento 20
- III.6.Fundamentación y motivación de las resoluciones
- III.7. Validez de las notificaciones y la protección del derecho a la defensa
- III.8. Análisis del caso concreto
- concedido
- POR TANTO