SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0450/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0450/2012

Fecha: 29-Jun-2012

concedió

La Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, mediante Resolución de 20 de abril de 2012, cursante de fs. 315 a 318, concedió la tutela solicitada, dejando sin efecto el Auto de Vista 185/06.9.11, disponiendo a su vez, que sin esperar turno, las autoridades demandadas vuelvan a emitir nuevo auto de vista que cumpla con la obligación de fundamentar su decisión en observancia a la jurisprudencia constitucional aplicable al caso concreto, sin costas por ser excusable; bajo los siguientes argumentos: 1) Conforme a la jurisprudencia contenida en las SSCC 0788/2010-R y 1773/2011-R, la accionante actuó correctamente al interponer el incidente de nulidad por vulneración a derechos fundamentales, dentro del propio proceso; lo que conllevó a que el Juez de la causa arribe a la certeza de existencia de lesión por desconocimiento de derechos fundamentales y garantías constitucionales que colocaron en estado de indefensión a la demandada hoy accionante. Por lo que, de manera excepcional, sustanció y resolvió el incidente planteado en la fase de ejecución de sentencia, anulando obrados; 2) Dicha decisión fue apelada por la parte demandante, mereciendo Auto de Vista 185/06.9.11, la misma que no tiene recurso ulterior de impugnación, haciendo viable la presente acción; y, 3) Era obligación de los demandados verificar la conculcación de los derechos y garantías alegadas por la ahora accionante a través del incidente de nulidad, dado que conforme al art. 236 del CPC, el Auto de Vista cuestionado debió circunscribirse a los puntos resueltos por el inferior y que hubieran sido objeto de la apelación para verificar la motivación necesaria y contrastarlos con los expresados en la apelación; al no haber obrado de esa manera, omitieron pronunciarse sobre un aspecto fundamental que incide directamente en la vulneración de los derechos invocados como lesionados.