SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0450/2012
Fecha: 29-Jun-2012
POR TANTO
POR TANTOEl Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Tercera; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia, y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional, resuelve: APROBAR, la Resolución de 20 de abril de 2012, cursante de fs. 315 a 318, pronunciada por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba; y en consecuencia, CONCEDER la tutela solicitada, en los mismos términos que lo hizo el Tribunal de garantías; dejando sin efecto el Auto de Vista 185/06.09.11 y disponiendo que sin esperar turno, los demandados pronuncien nuevo auto, conforme a los fundamentos de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de
- III.2. Principio de inmediatez del amparo constitucional
- III.3. Efectos de la cosa juzgada
- III.4. Incidente de nulidad
- III.5. Recurso de revisión extraordinaria de sentencia
- Fragmento 20
- III.6.Fundamentación y motivación de las resoluciones
- III.7. Validez de las notificaciones y la protección del derecho a la defensa
- III.8. Análisis del caso concreto
- concedido
- POR TANTO