SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1328/2012
Fecha: 05-Jun-2012
denegó
En la Resolución 04/2012 de 28 de junio, cursante de fs. 269 a 272 vta., el Tribunal Segundo de Sentencia Penal del departamento de Oruro, constituido en Tribunal de garantías, denegó la tutela impetrada en virtud de los siguientes argumentos: i) Se evidencia que el “15 de julio de 2012”, se realizó otra acción de libertad impetrada por la misma accionante contra los mismos demandados y con identidad de objeto y petitorio, dando lugar a la concesión de la tutela impetrada en relación con la misma Resolución impugnada actualmente; ii) En relación al anterior argumento se determina la existencia de identidad de objeto, sujeto y causa de la presente acción de libertad en vinculación a la anterior que esta con Sentencia del Tribunal de garantías y cuya revisión se aguarda; iii) Estando pendiente la revisión de la anterior acción ante el Tribunal Constitucional Plurinacional, existe un impedimento procesal de ingresar nuevamente en consideraciones de fondo a instancias de un Tribunal de garantías Constitucionales; y, iv) Finalmente, al existir la identidad expresada (objeto, sujeto y causa) no es posible pronunciarse sobre otros abundamientos realizados a emergencia de esta segunda acción, debido a que los mismos serán tratados en revisión.
- acciones de libertad
- I.1.1.1 Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- I.1.1.3. Petitorio
- i)
- concedió
- I.2.1.3. Petitorio
- I.2.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.1.
- II.1.2.
- II.1.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Condiciones para la tutela de elementos del debido proceso en acciones de libertad
- III.2. La acción de libertad traslativa o de pronto despacho
- se busca acelerar los trámites judiciales
- III.3. El diseño de la apelación incidental prevista por el art. 251 del CPP, se orienta por la celeridad en las actuaciones procesales
- autoridades judiciales
- es un recurso idóneo e inmediato de defensa contra supuestas lesiones y restricciones al derecho a la libertad de los imputados, en el que el tribunal superior tiene la oportunidad de corregir, en su caso, los errores del inferior invocados en el recurso. Es idóneo, porque es el recurso adecuado, apropiado, establecido expresamente en la ley para impugnar las medidas cautelares que vulneren el derecho a la libertad del imputado, en ocasión de la aplicación de las medidas cautelares. Es inmediato, porque el recurso es resuelto sin demora, dado que la ley establece un lapso brevísimo para su resolución (tres días)
- Fragmento 22
- III.4. Análisis del caso concreto
- III.4.1. En lo referente al expediente 01111-2012-03-AL
- 3. En los delitos sancionados con pena privativa de libertad cuyo máximo legal sea inferior a tres años
- III.4.2. En lo referente al expediente 01358-2012-03-AL (acumulado)
- 1º APROBAR
- 2º APROBAR