SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0451/2012
Fecha: 04-Jul-2012
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante, en representación de la Sociedad Accidental “Consorcio Tiseco”, alega la vulneración de la “seguridad jurídica” como derecho y garantía, restricción los derechos al trabajo y al debido proceso, por cuanto el Responsable del Proceso de Contratación desconociendo normas de la Ley de Municipalidades, ha pronunciado la Resolución anulatoria de la licitación pública, cuando la única instancia para considerar la aprobación o rechazar la suscripción de contratos es el Concejo Municipal, desconociendo y confundiendo la solvencia fiscal de obligaciones del “Consorcio Tiseco” con el Estado, con las obligaciones de una persona natural, para finalmente la autoridad demandada arrogarse competencias de la Administración Tributaria, evitando así la firma del contrato. En consecuencia, corresponde en revisión, si tales extremos son evidentes a fin de conceder o denegar la tutela solicitada.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1.Hechos que motivan la acción
- i)
- a)
- 1)
- concede
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Acción de amparo constitucional, naturaleza jurídica y alcances
- III.2.Marco normativo aplicable a los procesos de contratación pública nacional por licitación
- III.3. Análisis del caso concreto
- de forma indirecta constituye un impedimento legal a efectos de que el consorcio del cual forma parte pueda concluir el proceso de contratación pública por licitación.
- III.4.Otras consideraciones
- III.5.Necesaria modulación de los efectos de la Sentencia Constitucional