SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0497/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0497/2012

Fecha: 06-Jul-2012

Fragmento 25

De acuerdo a los antecedentes descritos, se establece que los ahora accionantes, en el proceso administrativo por contrabando contravencional, presentaron pruebas dentro el plazo de tres días, en aplicación al art. 98 del CTB, tal cual se evidencia de fs. 32 a 32 vta., 61 a 61 vta. y 79 a 79 vta., infiriéndose de la conclusión del numeral II.3 de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional y de la exposición de las partes en la audiencia de acción de amparo constitucional, que si la resolución sancionatoria que pudiera ser dictada dentro del proceso administrativo resultaría lesiva a los intereses de los ahora accionantes, dado que la misma admite ser recurrida conforme disponen los arts. 131 y 143 del CTB, mediante recurso de alzada; en consecuencia, es en esas vías recursivas en las que el afectado, por vulneración de sus derechos en un procedimiento administrativo tributario o aduanero, puede reclamar las posibles afectaciones que sus derechos hubieren sufrido, y únicamente en caso de no haber sido atendidos, se abre la posibilidad de recurrir mediante la acción tutelar; empero, los ahora accionantes sin agotar los medios y recursos en la vía administrativa, plantearon directamente la presente acción de amparo constitucional, situación que permite establecer que no se agotó las instancias en las vías administrativas del presente caso, conforme se establece en los Fundamentos Jurídicos III.1 y III.2 de la presente Sentencia, afectando en consecuencia la naturaleza subsidiaria de esta acción tutelar.