SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0539/2012
Fecha: 09-Jul-2012
III.4. Análisis del caso concreto
De la revisión de los antecedentes de la presente acción se tiene que, en el caso de autos, el accionante considera vulnerado sus derechos constitucionales, puesto que el Juez Octavo de Partido en lo Civil y Comercial, no dio correcta aplicación de los alcances del art. 251.I del CPC, al rechazar el incidente de nulidad que interpuso respecto al informe de avalúo realizado por la perito dentro del proceso coactivo civil seguido en su contra por el BNB S.A., criterio “errado” que fue confirmado por los Vocales de la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Santa Cruz, mediante Auto de Vista de 4 de abril de 2009, resolución carente de de fundamentación debidamente motivada y congruente, establecido por el art. 236 del CPC.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la demanda
- a)
- 1)
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- i)
- “improcedencia”
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.3
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- no es menos evidente que también tiene ciertos límites, siendo uno de ellos la interpretación de la leyes al caso concreto dentro de los procesos ordinarios,
- Fragmento 16
- III.3. De la obligación de fundamentar y motivar las resoluciones judiciales
- III.4. Análisis del caso concreto
- Respecto al Juez Octavo de Partido en lo Civil y Comercial del departamento de Santa Cruz
- Respecto a los Vocales de la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz
- 2º