SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0572/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0572/2012

Fecha: 20-Jul-2012

III.2.  Debido proceso y sus alcances

Con la finalidad de constituir una sociedad justa y armoniosa, cimentada en la descolonización y la plena justicia social, la Ley Fundamental ha establecido como derecho y garantía el debido proceso previsto en el art. 115.II de la CPE, que fue desarrollado en la uniforme jurisprudencia constitucional como “…el derecho de toda persona a un proceso justo y equitativo, en el que sus derechos se acomoden a lo establecido por disposiciones jurídicas generales aplicables a todos aquellos que se hallen en una situación similar; es decir, comprende el conjunto de requisitos que deben observarse en las instancias procesales, a fin de que las personas puedan defenderse adecuadamente ante cualquier tipo de acto emanado del Estado que pueda afectar esos derechos reconocidos por la Constitución Política del Estado así como los Convenios y Tratados Internacionales”  (SC 0160/2010-R de 17 de mayo).