SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0599/2012
Fecha: 20-Jul-2012
1)
El codemandado Fiscal de Materia, Aldo Ángel Morales Alconini, en audiencia, manifestó: 1) El vehículo reclamado por la accionante es un instrumento del delito el cual ha sido utilizado por una organización criminal que se ha robado más de una veintena de motorizados del Departamento y sin embargo, ahora dice que sin motivo ha sido secuestrado por el Ministerio Público; empero, presenta al Tribunal de garantías los informes y fotografías que demuestran que en dicho vehículo se encontraron siete chapas de vehículos robados, pues el modus operandi consistía en el seguimiento que se hacía al motorizado y cuando estaba estacionado le sacaban la chapa y en quince minutos se hacían copiar llaves, volvían y se robaban la movilidad quedando el propietario con la llave original y siendo ese el resultado del peritaje realizado; 2) Se ha ampliado la investigación contra súbditos peruanos y chilenos, toda vez, que al tratarse de una organización criminal cada persona cumplía una labor, unos vigilaban el vehículo, otros hacían copiar las llaves, otros se llevaban el vehículo, otros cambiaban el chasis, otros pintaban el vehículo, otros lo vendían y de acuerdo a los últimos informes de DIPROVE los motorizados eran llevados a Challapata donde se los cambiaban por droga, es decir, también existían narcóticos, por lo que los investigadores incluso han sido amenazados; y, 3) No ha existido vulneración de derechos y garantías constitucionales, puesto que el Ministerio Público busca la averiguación de la verdad, habiendo -reitera- ampliado la investigación contra ocho personas más y ese vehículo ha sido secuestrado como instrumento del delito, solicitando por lo manifestado se declare “improcedente” la acción de amparo constitucional, sin costas.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación de la acción
- a)
- 1)
- “improcedente”
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- Fragmento 13
- Fragmento 14
- III.2. El Juez cautelar como controlador de garantías y derechos fundamentales
- III.3. Con relación al caso concreto
- III.3.1. Actuación del Fiscal de Materia
- III.3.2. Actuación del Juez cautelar
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