SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0610/2012
Fecha: 20-Jul-2012
II.4.
II.4. Acta de verificación de la Urbanización “Reina Sofia”, efectuada el 8 de abril de 2010, por María Luisa Lozada, Notario de Fe Pública de Primera Clase a cargo de la Notaría 2 del entonces Distrito Judicial de Santa Cruz, quien evidenció lo siguiente: a) Que en la UV 240 de esa ciudad se encuentran numerosas personas asentadas, en carpas precarias en toda la extensión del frente que da al camino al Palmar Viruez; b) La no existencia de alambrado ni postes, comprobándose la quema indiscriminada de los terrenos de la urbanización; c) En el ingreso evidenció maquinaria pesada supuestamente para abrir caminos y desmontar; y, d) No pudo ingresar al interior por la agresividad de las personas asentadas en los terrenos de la señalada Urbanización quienes comenzaron a lanzar cohetes y tocar alarmas instaladas en vehículos motorizados, y en instantes comenzaron a aparecer personas armadas con machetes y palos, lo que llevó a que se tenga que abandonar el lugar, adjuntando archivo fotográfico tomadas en la verificación (fs. 16 a 22).
- Fragmento 1
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- concedió
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Las
- a)
- III.2.Rol de la autoridad jurisdiccional, respecto del desempeño de funciones del personal subalterno -Oficial de Diligencias-
- es deber tanto de jueces y tribunales vigilar que el personal subalterno cumpla correctamente las funciones que les competen con el único propósito de direccionar las actuaciones del juzgado
- con violencia, amedrentamientos, amenazas, tumulto de personas,
- según sea el caso
- III.5. Análisis del caso de autos
- III.5.1. Sobre los demandados
- garantías jurisdiccionales, se deriva a su vez el principio pro actione, cuya naturaleza responde a garantizar a toda persona el acceso a los recursos y medios impugnativos, descartando todo rigorismo o formalismo excesivo, que impida obtener un pronunciamiento judicial sobre las pretensiones o agravios invocados
- ANULAR obrados