SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0610/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0610/2012

Fecha: 20-Jul-2012

Las

         A manera de introducción, podemos conceptualizar manifestando que: “Las  notificaciones son actos procesales de comunicación, que tienen por objeto poner a conocimiento de las partes y demás interesados en el proceso, las distintas resoluciones judiciales”; de donde se tiene que su correcta práctica, constituye un elemento de la garantía del debido proceso, pues previo a su realización toda decisión de los diferentes órganos jurisdiccionales -sea providencia, auto o resolución-, son considerados inexistentes, mientras las partes contendientes no tengan conocimiento de su pronunciamiento. En consecuencia, podemos establecer que la labor que realiza el funcionario público encargado de las notificaciones, es en suma relevante y de gran importancia, toda vez que el desarrollo de un buen proceso mucho depende de la forma en que dicho funcionario realiza sus específicas funciones.