SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0616/2012
Fecha: 23-Jul-2012
a)
La Jueza Octava de Instrucción en lo Penal, Valeria Salas Hurtado, elevó su informe, cursante a fs. 10 y vta., pidiendo denegar esta acción, argumentando que lo expresado por el accionante es falso, todo ello en base a los siguientes fundamentos: a) En el proceso signado con el número IANUS 701199201108334 seguido contra Mariana Molina Santa Rosa, bajo las causales establecidas en el art. 316 inc. 9) del Código de Procedimiento Penal (CPP), la Fiscal de Sustancias Controladas, Mabel Sandra Andrade Molina, presentó recusación contra su persona; por lo que, conforme al procedimiento el 25 de enero de 2012, remitió el expediente ante el superior en grado, Juez Noveno de Instrucción en lo Penal; b) Una vez que se remitieron actuados, sostiene que desconoce el rumbo del proceso, razón por la cual manifiesta que no puede informar al respecto sobre las supuestas suspensiones que aduce la ahora accionante; y, c) Adjunta copia legalizada del cuaderno de altas y bajas del Juzgado a su cargo, donde se puede advertir que el 25 de enero de 2012, a horas 11:08, el cuaderno procesal fue remitido al Juzgado Noveno de Instrucción en lo Penal.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ampliación de la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- reparador
- por medio del hábeas corpus traslativo o de pronto despacho, se busca acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas
- Fragmento 16
- pronta, oportuna
- Fragmento 18
- toda autoridad jurisdiccional que conozca una solicitud de un detenido o privado de libertad, debe tramitar la misma, con la mayor celeridad posible, y dentro de los plazos legales si están fijados, y en un plazo razonable, si no está establecido por ley
- b) Se fije la audiencia en una fecha alejada, más allá de lo razonable o prudencial. Plazo que puede ser en un límite de tres o cinco días máximo
- c) Se suspende la audiencia de consideración, por causas o motivos que no justifican la suspensión, ni son causales de nulidad
- Los fiscales asumen funciones y representan a todo el órgano, pueden suplirse entre sí, actuar de manera conjunta o individual sujetos a las directrices del Fiscal de Distrito y por ende del Fiscal General
- pueden asistir a las audiencias no siempre a través del fiscal asignado al caso sino que como se tiene dicho, ser suplido por otro
- III.4. Análisis del caso concreto
- Fragmento 25
- III.4.1.
- toda vez que el expediente fue devuelto al juzgado de origen por encontrarse mal foliado y remitido a horas 11:08 del 25/01/2012
- III.4.3. En cuanto a la actuación en el proceso del Juez Tercero de Instrucción
- III.5. La obligatoriedad que tiene el Juez de garantías de remitir la Resolución de la acción de libertad, en el plazo de veinticuatro horas
- 2º