SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0616/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0616/2012

Fecha: 23-Jul-2012

denegó

El Juez Cuarto de Sentencia Penal del departamento de Santa Cruz, por Resolución 02/2012 de 8 de febrero, cursante de fs. 64 vta. a 66 vta., denegó la tutela, sin costas, ni responsabilidad civil por ser excusable, en base a los siguientes fundamentos: i) De la revisión del cuaderno procesal, se evidencia que efectivamente ha existido pedido de cesación a la detención preventiva, por parte de la defensa, que no pudo llevarse a cabo debido a las solicitudes realizadas por parte de la Fiscal, presentando en todas ellas un justificativo; ii) En cada suspensión de audiencia los jueces que se han encontrado en suplencia legal, al ser éste un caso que recayera mediante sorteo de plataforma ante el Juzgado Noveno de Instrucción en lo Penal y al estar éste actualmente acéfalo, han llegado a suspender el desarrollo de la misma por un justificativo debidamente documentado de imposibilidad de asistir a la audiencia de referencia, por parte de la Fiscal que conoce el proceso, y en todas las suspensiones se evidencia que los jueces que estuvieron en suplencia legal, han llegado a señalar nuevamente audiencia para que sea considerada la misma; y, iii) Una vez presentada la acción, ya existía audiencia fijada para la consideración a la cesación de la detención preventiva, de la representada del accionante, estando presentes todas las partes (el Ministerio Público y la defensa), notificadas para llevar a cabo el referido acto procesal; por lo que, la petición realizada por parte del accionante no tendría lugar ni fundamento.