SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0616/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0616/2012

Fecha: 23-Jul-2012

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Mediante memorial presentado el 7 de febrero de 2012, cursante de fs. 3 a 5 vta., el accionante manifiesta que por más de cinco veces y sin ningún justificativo legal, distintos Jueces de Instrucción en lo Penal fueron suspendiendo las audiencias de cesación a la detención preventiva de su representada, por causas o motivos que no corresponden, tal es el caso de la inasistencia del Ministerio Público.

Refiere que la jurisprudencia constitucional destaca que la solicitud de cesación a la detención preventiva se rige por los principios de probidad y celeridad que deben cumplirse en su tramitación y cuando exista demora o dilación indebida de una petición, se lesiona el derecho a la libertad física.