Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0622/2012
Fecha: 23-Jul-2012
II.2.
II.2. Dentro del proceso de entrega de inmueble interpuesto por Luisa Bertha Caballero Ochoa de De Ugarte, la Jueza Primera de Instrucción en lo Civil pronunció la Resolución 36/2008 de 8 de agosto, declarando probada la demanda y concediendo un plazo de treinta días para que Silveria Serrudo Arancibia desocupe el inmueble y entregue el mismo; pues se llegó a demostrar que la madre de la accionante ocupa los ambientes sin el consentimiento de la titular del derecho propietario (fs. 13 a 14).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- “improcedente”
- Fragmento 6
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- …contra actos u omisiones ilegales o indebidos de los servidores públicos, o de persona individual o colectiva, que restrinjan, supriman, o amenacen restringir o suprimir los derechos reconocidos por la Constitución y la ley';
- b) Cuando se utilizó un medio de defensa útil y procedente para la defensa de un derecho, pero en su trámite el mismo no se agotó, estando al momento de la interposición y tramitación del amparo, pendiente de resolución
- III.3. Análisis del caso concreto
- APROBAR