SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0622/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0622/2012

Fecha: 23-Jul-2012

III.3. Análisis del caso concreto

En el presente caso, la accionante refiere que dentro del proceso de entrega del bien inmueble interpuesto por Luisa Bertha Caballero Ochoa de De Ugarte contra Silveria Serrudo Arancibia, no se consideró que la accionante no era parte del proceso ni se llegó a tomar en cuenta lo dispuesto por la Resolución 36/2008, que en la parte resolutiva señala claramente que se debe conceder el plazo de treinta días para que Silveria Serrudo Arancibia proceda a la entrega del inmueble ubicado en la calle Caro 951 entre Camacho y Washington, bajo alternativa de desapoderamiento, ante tal situación interpuso incidente de oposición al desapoderamiento el mismo que fue declarado probado, mediante Auto de 6 de octubre de 2009, habiendo Luisa Bertha Caballero Ochoa de De Ugarte apelado la referida Resolución, determinando el Juez demandado a través del Auto de 25 de enero de 2010, que la Jueza de primera instancia pronuncie un nuevo mandamiento de desapoderamiento contra los ocupantes de los ambientes del citado bien inmueble; es decir, que Silveria Serrudo Arancibia y Gladys Bolívar Serrudo -ahora accionante- debían desocupar los ambientes, sin considerar que ella no era parte en el proceso.

Posteriormente, la ahora tercera interesada solicitó a la Jueza Primera de Instrucción en lo Civil, libre el mandamiento de desapoderamiento; en consecuencia, mediante Auto de 18 de febrero del mismo año, la Jueza de la causa dispuso que se libre un nuevo mandamiento de desapoderamiento contra la accionante y su madre y los ocupantes del mencionado bien inmueble; ante esta situación la accionante interpuso recurso de reposición con alternativa de apelación contra el señalado Auto, el cual fue concedido en el efecto devolutivo el 15 de marzo del citado año.