Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0649/2012
Fecha: 02-Ago-2012
II.5.
II.5. El 19 de abril de 2012, a horas 14:30, mediante Acta de verificación de obstrucción ocasionada por el vehículo marca Kia, con placa de control 2538 FNF, en trabajos de construcción del terreno ubicado dentro del inmueble ubicado en calle México 252, la Notaria de Pública, Mónica Caballero Asebey, verificó que dicho motorizado no permite el ingreso de vehículo alguno al lote de terreno que se encuentra en trabajos de construcción (fs. 23 a 29).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Fundamentos de hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. De la acción de amparo constitucional
- III.2. Sobre la excepción al principio de subsidiariedad en amparo constitucional por medidas de hecho
- ante un inminente daño irreversible o irreparable,
- III.3.
- no sea dilucidado por la autoridad competente
- inminencia de un daño irreversible o irreparable
- gravedad de los hechos
- APROBAR