SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0649/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0649/2012

Fecha: 02-Ago-2012

III.3.

En el caso objeto de análisis se tiene que el accionante Mario Diego Vilar Gantier, en ningún momento acreditó de manera objetiva que se encuentre desprotegido o en desventaja frente a las demandadas, por cuanto el accionante al ser copropietario del paso común, puede acudir a la instancia legal competente en la jurisdicción ordinaria, a objeto de hacer valer sus derechos, porque al igual que las demandadas también tiene un derecho real sobre el mencionado paso común; vale decir, que ambas partes se encuentran en igualdad de condiciones desde el punto de vista legal, por lo tanto no se encuentra desamparado o en desventaja frente a la otra parte demandada.