SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0649/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0649/2012

Fecha: 02-Ago-2012

no sea dilucidado por la autoridad competente

Asimismo, al tener las demandadas un derecho propietario sobre el paso común no existe una incursión ilegal, mientras este aspecto no sea dilucidado por la autoridad competente, toda vez que en el presente caso existe una controversia sobre el derecho al uso que tiene cada copropietario del paso común que sirve de ingreso a sus inmuebles, extremo que no puede ser solucionado por medio de la acción de amparo constitucional, como pretende el accionante Mario Diego Vilar Gantier, al solicitar que se ordene que el paso común “éste despejado permanentemente a fin de garantizar el libre tránsito hacia la propiedad”.