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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0674/2012
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0674/2012

    Fecha: 02-Ago-2012

    3º  Disponer

    3º  Disponer que mientras no exista un debido proceso, Santos Zurita Ojalvo puede ejercer su derecho al trabajo en el marco del Reglamento Interno del Sindicato Mixto de Transportistas “Valle Punata”, debiendo además los demandados dar respuesta pronta y formal a lo peticionado por ambos accionantes.

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
    • a)
    • I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
    • I.2.2. Informe de las demandadas
    • denegó
    • II.1.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • II.7.
    • II.8.
    • II.9.
    • II.10.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. Garantía de juicio previo como presupuesto del debido proceso
    • III.2. Derecho de asociación y el servicio público de transporte
    • 2)
    • III.4. Derecho al trabajo
    • III.5. Análisis del caso concreto
    • III.5.1. En cuanto a lo alegado por el afiliado: Basilio Rosas Vidal
    • III.5.2. En cuanto a lo alegado por Santos Zurita Ojalvo
    • III.5.3. Respecto a los nuevos elementos de prueba  presentados por la parte accionante
    • 3º  Disponer

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