Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0674/2012
Fecha: 02-Ago-2012
II.5.
II.5. Escritos de solicitud presentados por Basilio Rosas Vidal y Santos Zurita Ojalvo: De 2 de febrero de 2012, al Presidente de la Federación Departamental de Choferes de Cochabamba, haciendo denuncia sobre inconducta sindical y para que ordene la inmediata reincorporación a su fuente laboral (fs. 12 y vta.); y de 8 de igual mes y año, al Secretario General de la Federación Departamental de Choferes de Cochabamba, pidiendo respuesta e intervención a la denuncia presentada (fs. 13 y vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de las demandadas
- denegó
- II.1.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Garantía de juicio previo como presupuesto del debido proceso
- III.2. Derecho de asociación y el servicio público de transporte
- 2)
- III.4. Derecho al trabajo
- III.5. Análisis del caso concreto
- III.5.1. En cuanto a lo alegado por el afiliado: Basilio Rosas Vidal
- III.5.2. En cuanto a lo alegado por Santos Zurita Ojalvo
- III.5.3. Respecto a los nuevos elementos de prueba presentados por la parte accionante
- 3º Disponer