SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0704/2012
Fecha: 13-Ago-2012
II.4.
II.4. Cursa designación de perito de 30 de noviembre de 2009, estableciéndose los siguientes puntos de pericia: a) Establecer que los resultados registrados en los estados financieros de la empresa “TECNOELECTRICA S.A.”, guardan directa relación con el movimiento contable financiero declarado y sustentado en los registros de las gestiones 2004 a 2008; b) Verificar el movimiento y modificaciones realizadas en el patrimonio de la empresa; c) Verificar las utilidades o pérdidas declaradas, con los formularios respectivos de impuesto; d) Revisión y verificación del pago de impuestos, considerando el Impuesto al Valor Agregado (IVA), Impuesto a las Transacciones (IT), Impuesto a las Utilidades de las Empresas (IUE), así como la presentación de los estados financieros con informe de auditoria externa, si correspondiese y el formulario “110 RC-IVA” (sic); e) Revisión y verificación del pago de aportes y retenciones a la Caja Nacional de Salud (CNS) y “las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP s ) (sic); f) Revisión y análisis de los estados financieros presentados y declarados al Servicio de Impuestos Nacionales (SIN), de las gestiones 2004 a 2008; g) El perito deberá acudir a la empresa con el objetivo de que se le entreguen todos los documentos necesarios para el desarrollo de su labor; y, h) Como resultado del examen se determinara al valor patrimonial proporcional de las acciones de la empresa “TECNOELECTRICA S.A.” (fs. 70 y vta.).
- acción de amparo constitucional
- concluyó de manera arbitraria e infundada la investigación
- “Que no se ha podido determinar el grado de participación del Sr. Julio Cesar de la Torre Nemi en los delitos denunciados, considerando a que no se ha podido realizar una pericia, la cual es fundamento de la impugnación, sin embargo, cabe aclarar que en ese tipo de resolución se debe considerar los elementos constitutivos que coadyuven con el fiscal a emitir una resolución de acusación”
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- I.2.3.Intervencion del tercero interesado.
- concediendo
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. El derecho al debido proceso
- Fragmento 19
- III.3. Sobre el derecho a la defensa
- III.4. Sobre el derecho de acceso a la justicia
- III.5. Derecho a la igualdad
- III.6. Derecho a ser oído como víctima
- III.7. El rol del Ministerio Público en la etapa preparatoria
- III.8. Análisis del caso concreto
- APROBAR