SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0704/2012
Fecha: 13-Ago-2012
III.3. Sobre el derecho a la defensa
en ese orden y concordante con lo expuesto, el mismo art. 16 de la Constitución, en su numeral IV prescribe: 'Nadie puede ser condenado a pena alguna sin haber sido oído y juzgado previamente en proceso legal...', mandato del que se infiere, que no obstante de que el juzgador debe respetar y garantizar el derecho a la defensa, está impedido expresamente de aplicar una condena o sanción cuando el citado derecho ha sido vulnerado en la tramitación del proceso. En este caso, la sanción no puede ser impuesta por ningún motivo y el procesado puede rehusarse a cumplirla hasta que se regularice el procedimiento indebido al que fue sometido”.
Así también, en la SC. 1536/2011-R de 11 de octubre se estableció: “En ese sentido, la jurisprudencia contenida en la SC 1534/2003-R definió al derecho a la defensa como '...potestad inviolable del individuo a ser escuchado en juicio presentando las pruebas que estime convenientes en su descargo, haciendo uso efectivo de los recursos que la ley le franquea. Asimismo, implica la observancia del conjunto de requisitos de cada instancia procesal en las mismas condiciones con quien lo procesa, a fin de que las personas puedan defenderse adecuadamente…'; jurisprudencia que ha sido reiterada en la SSCC 0183/2010-R, 02817/2010-R, entre otras”.
- acción de amparo constitucional
- concluyó de manera arbitraria e infundada la investigación
- “Que no se ha podido determinar el grado de participación del Sr. Julio Cesar de la Torre Nemi en los delitos denunciados, considerando a que no se ha podido realizar una pericia, la cual es fundamento de la impugnación, sin embargo, cabe aclarar que en ese tipo de resolución se debe considerar los elementos constitutivos que coadyuven con el fiscal a emitir una resolución de acusación”
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- I.2.3.Intervencion del tercero interesado.
- concediendo
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. El derecho al debido proceso
- Fragmento 19
- III.3. Sobre el derecho a la defensa
- III.4. Sobre el derecho de acceso a la justicia
- III.5. Derecho a la igualdad
- III.6. Derecho a ser oído como víctima
- III.7. El rol del Ministerio Público en la etapa preparatoria
- III.8. Análisis del caso concreto
- APROBAR