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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0708/2012
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0708/2012

    Fecha: 13-Ago-2012

    II.1.

    II.1.    Por Resolución 289/2006 de 21 de junio, se tiene que la Sala Social, Administrativa y Tributaria de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Chuquisaca, revocó en forma total la Resolución “117.3 de 23 de julio de 2003” y dispuso se efectué un nuevo cálculo de la renta única de vejez observando lo señalado en el art. 71 del CSS (fs. 1 y vta.).

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • 1)
    • concedió en parte
    • I.3. Consideraciones de Sala
    • II.1.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.7.
    • II.8.
    • II.9.
    • II.10.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
    • III.2. Del derecho a la jubilación
    • III.3. De la tutela judicial efectiva
    • III.4. Del derecho a la eficacia de los fallos ejecutoriados
    • III.5. Del caso concreto
    • la cancelación del monto de la renta única de vejez, con carácter retroactivo a partir de mayo de 1999
    • impugnó únicamente respecto al monto calificado de su renta única de vejez, no teniéndose evidencia de que haya presentado reclamación alguna sobre la fecha de inicio de la renta
    • APROBAR

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