Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0752/2012
Fecha: 13-Ago-2012
III.5. Análisis del caso concreto
El accionante alega que la autoridad demandada, al permitir que las notificaciones realizadas a su persona -con la radicatoria del proceso en segunda instancia y el Auto de Vista que resolvió el recurso de apelación- le sean comunicadas en un domicilio procesal que jamás señaló, ha cometido actos ilegales e indebidos que vulneran sus derechos, agravándose dicha situación, por cuanto esa irregularidad no fue enmendada tras interponer el incidente de nulidad, al ser rechazado mediante resolución, otorgando valor a situaciones que no tienen relación con el proceso, y menos contiene fundamentación jurídica.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2.1. Del derecho al debido proceso
- III.2.2. El derecho a la defensa
- III.2.3. El principio de seguridad jurídica
- Las
- ,
- Respeto a los derechos
- III.5. Análisis del caso concreto
- unidad
- APROBAR