SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0782/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0782/2012

Fecha: 13-Ago-2012

a la defensa

Habiendo sido desarrollado jurisprudencialmente, el Tribunal Constitucional en su SC 1536/2011-R de 11 de octubre señaló: “Este se encuentra establecido por el art. 115.II de la CPE, entendido por la jurisprudencia de este Tribunal como un derecho que tiene dos connotaciones: 'La primera es el derecho que tienen las personas, cuando se encuentran sometidas a un proceso con formalidades específicas, a tener una persona idónea que pueda patrocinarle y defenderle oportunamente, mientras que la segunda es el derecho que precautela a las personas para que en los procesos que se les inicia, tengan conocimiento y acceso de los actuados e impugnen los mismos con igualdad de condiciones conforme a procedimiento preestablecido y por ello mismo es inviolable por las personas o autoridad que impidan o restrinjan su ejercicio…' (SC 1842/2003-R de 12 de diciembre).

En ese sentido, la jurisprudencia contenida en la SC 1534/2003-R de 30 de octubre, definió al derecho a la defensa como: '...potestad inviolable del individuo a ser escuchado en juicio presentando las pruebas que estime convenientes en su descargo, haciendo uso efectivo de los recursos que la ley le franquea. Asimismo, implica la observancia del conjunto de requisitos de cada instancia procesal en las mismas condiciones con quien lo procesa, a fin de que las personas puedan defenderse adecuadamente; jurisprudencia que ha sido reiterada en las SSCC 081/2010-R,   0281/2010-R entre otras”.

Siendo este derecho inviolable, garantiza a la parte acusada el ser escuchada en juicio, presentando todas las pruebas que considere pertinentes, que vayan a desvirtuar la acusación formulada en su contra, haciendo uso efectivo de los recursos que la ley le franquea, implicando la observancia de los requisitos en cada una de las instancias procesales, en igualdad de condiciones, a fin de defenderse ante cualquier tipo de acto que pueda afectar sus derechos fundamentales.