SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0782/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0782/2012

Fecha: 13-Ago-2012

concedió

La Sala Civil y Comercial Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial -ahora Tribunal Departamental de Justicia- de La Paz, constituido en Tribunal de garantías, mediante Resolución 034/2010 de 24 de junio, cursante de fs. 141 a 142 vta., concedió la tutela solicitada, con los siguientes fundamentos: 1) La Resolución 03/2010 en sus literales c), d) y e) no tiene ninguna relación en su fundamento con los hechos en los cuales se basa, vulnerando el debido proceso y la seguridad jurídica; 2) La recusación debe presentarse ante el Tribunal superior, previa audiencia en la cual se recibirá la prueba e informe de las partes pronunciándose dentro de las cuarenta y ocho horas, procedimiento que se aplica cuando se recusa a un juez miembro de un tribunal, en consecuencia al haberse ofrecido prueba testifical esta deberá ser considerada en audiencia; y, 3) Las autoridades demandadas han vulnerado los derechos constitucionales del debido proceso, a la “seguridad jurídica” y a la defensa de la accionante.