Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0782/2012
Fecha: 13-Ago-2012
II.4.
II.4. Teodomiro Saavedra Quiróz, Juez Técnico del Tribunal Cuarto de Sentencia Penal, mediante informe de 27 de octubre de 2008 señaló que jamás manifestó extrajudicialmente su opinión sobre los argumentos esgrimidos por la recusante, siendo una argucia para separarlo del conocimiento de la causa no adecuándose a lo descrito por el art. 316 inc. 2) del CPP (fs. 18).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- concedió
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2
- II.3.
- II.4.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- I
- III.2. El debido proceso en su componente de falta de fundamentación de las Resoluciones
- a la defensa
- III.4. Análisis del caso concreto
- 3º