SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0821/2012
Fecha: 20-Ago-2012
c) Actuación del Ministro de Salud y Deportes
Consta en antecedentes, que se cuestiona la participación del Ministro de Salud y Deportes, por promover mayores alcances al conflicto, desconociendo las garantías constitucionales que prevalecen sobre el régimen sindical, promoviendo el conflicto procesal penal, pues no negocia las disputas sindicales estatales, sino dilata la solución; es decir -según sostienen la parte accionante- no obstante de tener facultades, no resolvió el conflicto, sino contrariamente lo dilató. Al respecto, cabe señalar que la participación del Ministro de Estado, estuvo encaminada a mediar entre el sector salud y el gobierno para lograr una solución al conflicto, pues por una parte en forma unilateral no tenía el poder de decisión ni solución del mismo, y por otra como Ministro de esa cartera, no podía abrogar el DS 16126 de 4 de enero de 2012, sin la intervención del Presidente del Estado Plurinacional de Bolivia, actuación que no vulneró el derecho a la libertad de locomoción a través de una supuesta persecución menos procesamiento ilegal e indebidos contra los miembros y afiliados del ente sindical que no ha demostrado la coincidencia entre la lesión de derechos denunciada y la autoridad ministerial demandada, quien carece de legitimación pasiva en esta acción, lo que determina se deniegue la tutela respecto a dicha autoridad de Estado, siendo de aplicación el entendimiento jurisprudencial citado en el Fundamento Jurídico III.5 de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1)
- a)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad y presupuestos de activación
- III.2. Inaplicabilidad de la subsidiaridad excepcional de la acción de libertad
- Fragmento 17
- III.3.
- dos supuestos, el primero referido al hostigamiento sin motivo legal, ni orden de privación de libertad física y/o de locomoción emitida por autoridad competente; y el segundo relativo a las órdenes de restricción de libertad al margen de los casos previstos por ley y sin cumplir con los requisitos y formalidades legales exigidas.
- III.4. La acción de libertad y el debido proceso
- III.5. De la legitimación pasiva en la acción de libertad
- Fragmento 22
- III.6. Análisis del caso concreto
- a) Actuación del Diputado Nacional
- b) Actuación del Fiscal General del Estado
- Fiscal General
- Fragmento 27
- c) Actuación del Ministro de Salud y Deportes
- instrucciones
- Fragmento 30