SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0843/2012
Fecha: 20-Ago-2012
1)
Los demandados mediante su abogado informaron en audiencia de acción de amparo constitucional lo siguiente: 1) El 9 de junio de 2010, se realizó la primera sesión del Concejo de la Alcaldía Municipal de Ayo Ayo, donde se realizó la elección de la Directiva, compuesta esta por un Presidente y un Vicepresidente que representa a la mayoría y un Secretario que representa a la minoría; 2) El art. 10 del Reglamento Interno del Concejo Municipal, refirió que la sesión instalatoria, tiene un carácter extraordinario, que persigue como finalidad organizar al nuevo Concejo Municipal y la elección de un nuevo Alcalde, para este efecto antes de iniciar la primera sesión los nuevos concejales electos, se reunirán a convocatoria de la directiva del concejo saliente; 3) Si lo que pretendían los accionantes era la nulidad de una resolución, conforme el art. 12 de la LM, debieron agotar las vías legales y respecto a la violencia psicológica infligida a Filomena Quispe Condori, esta debió acudir a la vía penal; y, 4) En relación a la carta de 19 de junio de 2010, presentada por Luis Mamani Chino, éste nunca se apersonó para conocer la respuesta, cuyo contenido expresa que el antes mencionado, pidió la nulidad de la elección de la directiva del Concejo Municipal de Ayo Ayo, argumentando que se le impidió por la fuerza participar en la sesión cerrada del Concejo Municipal que se llevo a cabo el 9 de junio de 2010, por lo que se dispuso rechazar dicha petición, porque dicha sesión ha sido pública y transparente, acto que se llevo a cabo en apego de los arts. 14 de la LM y 10 y 11 del Reglamento Interno del Concejo Municipal, asimismo se señaló, que “se el comunica que las sesiones ordinarias de acuerdo al art. 76 del reglamento interno se realizaran todos los jueves, de cada semana quedando invitado a participar en las mismas, a partir de la próxima sesión” (sic).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.1. Ratificación de la acción
- 1)
- concedió
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.7.
- II.8.
- II.9
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- jurídico nacional
- III.3.
- III 4. Convocatoria a sesiones del Concejo Municipal
- III.5. Derecho al ejercicio de la función pública
- III.6. Con relación al caso concreto