SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0858/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0858/2012

Fecha: 20-Ago-2012

1)

El accionante por su representado, alega procesamiento indebido, lesión de los principios de seguridad jurídica, celeridad procesal, vulneración de los derechos a la tutela judicial efectiva y libertad personal, alegando como actos lesivos que: 1) La ex Jueza Primera de Instrucción en lo Penal, tramitó indebidamente su apelación incidental de medidas cautelares contra la resolución que rechazó su solicitud de cesación a la detención preventiva presentada el 27 de enero de 2012, debido a que, en lugar de remitir su apelación en el término que estipula el art. 251 del CPP, corrió traslado a los demás sujetos procesales en aplicación de lo dispuesto en el art. 405 del CPP y después de un trámite que suscitó recién por Auto de 7 de febrero de 2012, concedió el recurso y ordenó la remisión del testimonio al tribunal ad quem que recién se hizo efectivo el 28 del referido mes y año, es decir, treinta y un días de haber planteado el recurso de apelación; y, 2) Los Vocales de la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, por Auto de Vista 42 de 5 de marzo del mismo año y Auto de Vista 43 de 16 de abril del citado año, rechazaron su apelación incidental aduciendo que fue presentado extemporáneamente. Corresponde analizar en revisión, si tales argumentos son evidentes y si constituyen actos ilegales lesivos al derecho a la libertad y si corresponde su tutela a través de esta acción de libertad.